Muchos son los trabajadores que se han visto afectados por un ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo), consecuentemente tienen derecho a cobrar la prestación por desempleo. Conoce aquí las diferentes cantidades del subsidio y las fechas clave.
¿Cuánto voy a cobrar el paro por un ERTE?
La cantidad de la prestación por desempleo, el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, de la Ley General de la Seguridad Social, establece en el Artículo 339
que la cuantía por desempleo se calculará aplicando a la base reguladora un 70% durante los seis primeros meses y, después, el 50% hasta el fin de la prestación.
Tras la declaración del estado de alarma en el país por la crisis sanitaria consecuencia del coronavirus, se han aplicado en España múltiples medidas para tratar de contener los contagios, por lo que muchas empresas se han visto forzadas a cerrar y sus trabajadores han sido incluidos en un ERTE. Para atenuar el impacto económico que conlleva esta situación, el Gobierno aprobó una serie de medidas entre las que se incluía que los trabajadores afectados por un ERTE pudieran cobrar la prestación por desempleo, indistintamente del tiempo cotizado.
El Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo,
sobre las medidas para paliar los efectos económicos de la crisis sanitaria, se establece que cuando el trabajador no tenga el periodo cotizado necesario, la cuantía del paro "será equivalente al 70% de la base mínima de cotización en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos".
La cantidad máxima
de esta prestación por desempleo será del 175% (1.098,09 euros) del indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM). Este porcentaje aumentará hasta un 200% (1.254,96 euros) en caso de que el trabajador tenga un hijo y hasta el 225% (1.411,83 euros) en caso de que tenga más de uno. En a la cantidad mínima
será del 80% (501,98 euros), cuando no tenga hijos y, en caso de tenerlos, el 107% del IPREM (671,40 euros).
¿Cuándo se cobrará?
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), en una situación normal, tiene la obligación de hacer efectivos los pagos de la prestación por desempleo entre los días 10 y 15 de cada mes, ingresando la parte correspondiente del mes que el trabajador lleve en paro.
Pero ante la situación actual y la avalancha de solicitudes, puesto que miles de trabajadores se han visto afectados al mismo tiempo, el SEPE se ha visto colapsado y es posible que los pagos no se efectúen entre el 10 y el 15 de este mes de abril.